DERECHO Y LONGEVIDAD

Tecnología pensada para jóvenes y sus efectos en personas mayores

La digitalización ha transformado la forma en que accedemos a servicios básicos. Citas médicas, gestiones bancarias, contratos, reclamaciones o trámites administrativos se realizan hoy, en gran medida, a través de plataformas digitales. La eficiencia es evidente. La comodidad también.

Sin embargo, no todos los sistemas están diseñados pensando en la diversidad real de quienes los utilizan. Cuando la tecnología se concibe desde un perfil de usuario joven, familiarizado con entornos digitales y con acceso constante a dispositivos, pueden aparecer efectos no previstos para otras generaciones.

Cuando la neutralidad tecnológica no es neutral

A menudo se presenta la tecnología como una herramienta objetiva. Pero toda herramienta incorpora decisiones de diseño: qué pasos exige, qué conocimientos presupone, qué alternativas ofrece.

Un proceso que requiere:

  • identificación exclusivamente digital,
  • descarga obligatoria de aplicaciones,
  • validaciones mediante códigos temporales,
  • navegación por menús poco intuitivos,

puede resultar sencillo para algunos usuarios y altamente complejo para otros.

La tecnología no discrimina por sí misma, pero puede excluir cuando no contempla la diversidad de quienes deben utilizarla.

La exclusión digital rara vez se anuncia como tal. Simplemente ocurre.

La desaparición de canales alternativos

Uno de los cambios más relevantes no es la existencia de canales digitales, sino la desaparición progresiva de alternativas.

Cuando:

  • la atención presencial se reduce,
  • el teléfono se sustituye por chat automatizado,
  • la documentación en papel deja de aceptarse,

la digitalización deja de ser una opción y se convierte en una obligación.

Para muchas personas mayores, esto no implica rechazo a la tecnología, sino dificultad real para cumplir requisitos cada vez más complejos.

Autonomía y dependencia tecnológica

La consecuencia práctica puede ser una mayor dependencia de terceros:

  • familiares que gestionan trámites,
  • conocidos que ayudan con contraseñas,
  • intermediarios que asumen gestiones digitales.

Esta ayuda puede ser valiosa, pero también introduce riesgos: pérdida de privacidad, errores involuntarios o decisiones adoptadas sin plena comprensión.

Facilitar el acceso no significa trasladar la responsabilidad a quien mejor maneja la tecnología.

La autonomía jurídica no debería verse condicionada por la habilidad digital.

¿Qué margen existe ante la exclusión digital?

No todos los procesos admiten alternativas amplias, pero existen principios que siguen siendo relevantes:

  • derecho a una atención adecuada,
  • obligación de ofrecer canales accesibles en determinados ámbitos,
  • posibilidad de solicitar información clara sobre procedimientos.

Plantear la necesidad de un canal alternativo no es una resistencia al progreso. Es una petición de accesibilidad razonable.

Conclusión

La tecnología ha mejorado muchos servicios, pero su diseño no siempre contempla todas las realidades. Cuando los sistemas parten de un modelo único de usuario, quienes no encajan en él pueden quedar desplazados sin que exista una intención expresa de excluir.

Reconocer esta situación no implica rechazar la digitalización. Implica recordar que el acceso a derechos no debería depender exclusivamente de la destreza tecnológica.


En AbogadosyAbogadas.es analizamos cómo la transformación digital afecta a la autonomía y los derechos cotidianos, con una mirada serena y práctica.